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Blog · 6 de octubre de 2026

Reglamento eIDAS explicado: qué cambia eIDAS 2 (2024/1183)

Reglamento (UE) 2024/1183 (eIDAS 2) art. por art.: cambios en eIDAS, cartera europea de identidad digital (EUDI Wallet), partes usuarias, nuevos servicios de confianza, certificados web, actos de ejecución, fechas y sanciones.

Por DiditActualizado el
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En resumen

El Reglamento eIDAS es la norma de la UE sobre identificación electrónica y servicios de confianza, el Reglamento (UE) n.º 910/2014. El Reglamento (UE) 2024/1183, conocido como eIDAS 2, lo modifica en lugar de sustituirlo, y añade la cartera europea de identidad digital (EUDI Wallet).[1]

  • Cada Estado miembro debe ofrecer al menos una cartera a más tardar el 24 de diciembre de 2026.[1]
  • Las empresas privadas obligadas a utilizar la autenticación reforzada de usuarios deben aceptarla a petición del usuario a más tardar el 24 de diciembre de 2027. Las microempresas y pequeñas empresas están exentas.[1]
  • Nuevos servicios de confianza: declaraciones de atributos, archivo, libros mayores y dispositivos de firma a distancia.[1]

Última revisión: 5 de octubre de 2026 · No constituye asesoramiento jurídico

El Reglamento (UE) 2024/1183 se publicó en el Diario Oficial el 30 de abril de 2024 y entró en vigor el 20 de mayo de 2024. Su título indica que modifica el Reglamento (UE) n.º 910/2014 «en lo que respecta al establecimiento del marco europeo de identidad digital».[1]

El objetivo declarado es «mejorar su eficacia, ampliar sus beneficios al sector privado y promover identidades digitales fiables para todos los europeos» (considerando 1).[1] Para los conceptos básicos de la identificación electrónica (eID), consulte qué es la verificación de eID.

Qué regula el Reglamento eIDAS tras el Reglamento (UE) 2024/1183

El artículo 1 sustituido asigna al reglamento tres funciones. Fija las condiciones para reconocer los sistemas de eID notificados de otros Estados miembros y para ofrecer y reconocer carteras EUDI. Establece normas sobre servicios de confianza. Y crea un marco jurídico para firmas electrónicas, sellos, sellos de tiempo electrónicos, documentos, entrega certificada, certificados de autenticación de sitios web, archivo, declaraciones de atributos, dispositivos de creación de firmas y sellos, y libros mayores.[1] Los cambios con los que una empresa se encuentra con más frecuencia:[1]

ÁmbitoQué hace el Reglamento (UE) 2024/1183Artículos
Cartera EUDIInserta una nueva sección en el capítulo II5a a 5f
Funciones del dispositivoLos guardianes de acceso dan a los proveedores de carteras acceso gratuito a las funciones del sistema operativo, del hardware y del software12b
SancionesFija un mínimo para las multas máximas a los prestadores de servicios de confianza16
Verificación de identidad por prestadores cualificadosRedefine cómo se verifica la identidad antes de la expedición24
Firma y sellado a distanciaAñade un servicio cualificado de gestión de dispositivos remotos29a, 39a
Certificados de sitios webLos navegadores deben reconocer los certificados cualificados45, 45a
Nuevos servicios de confianzaDeclaraciones de atributos, archivo, libros mayores45b a 45l

El capítulo de la cartera EUDI: artículos 5a a 5f

El artículo 3(42) la define como un medio de identificación electrónica que permite al usuario almacenar, gestionar y validar datos de identificación de la persona y declaraciones electrónicas de atributos, presentarlos a las partes usuarias y firmar con firmas electrónicas cualificadas. Seis artículos forman el capítulo:[1]

ArtículoMateriaRegla principal
5aLa carteraAl menos una por Estado miembro, con nivel de garantía alto, gratuita para las personas físicas y con software de aplicación de código abierto
5bPartes usuariasRegistro en el Estado miembro de establecimiento; solo pueden solicitar los datos registrados
5cCertificaciónValidez de hasta cinco años, con una evaluación de vulnerabilidades cada dos años
5dLista de carteras certificadasPublicada en el Diario Oficial
5eViolación de la seguridadSuspensión sin demora indebida; retirada si no se subsana en un plazo de tres meses
5fAceptaciónOrganismos públicos, entidades privadas reguladas y plataformas en línea de muy gran tamaño

El uso es voluntario: el acceso a los servicios «no se restringirá ni se verá perjudicado en modo alguno» para las personas físicas o jurídicas que no tengan cartera (artículo 5a(15)). Los usuarios tienen «pleno control» de sus datos, el proveedor no puede combinarlos con datos de sus otros servicios (artículo 5a(14)), y ni los emisores de declaraciones ni ninguna otra parte pueden rastrear, vincular ni correlacionar el uso salvo que el usuario lo autorice expresamente (artículo 5a(16)).[1]

Contiene los datos de identificación de la persona (PID): los apellidos, el nombre, la fecha y el lugar de nacimiento y la nacionalidad son obligatorios; la dirección, un número administrativo personal y el retrato son opcionales.[3] Los PID se emiten como SD-JWT VC y en el formato ISO/IEC mdoc (véase SD-JWT VC frente a mdoc), y el retrato solo pasa a ser obligatorio a partir del 11 de agosto de 2028.[4] Lo que ve el usuario, según el Marco de Arquitectura y Referencia (ARF) v3.0.0:[5]

Aseguradora de ejemplo

Confirme su identidad

Comparta sus datos desde su cartera EUDI.

Abrir la cartera

1Los demás métodos siguen disponibles (artículo 5a(15)).[1]

Cartera EUDI

Aseguradora de ejemplo solicita

  • ApellidosCompartido
  • NombreCompartido
  • Fecha de nacimientoCompartido
  • DirecciónNo compartido

2La cartera autentica el servicio, contrasta la solicitud con su registro y la muestra.[5]

Cartera EUDI

Aprueba la solicitud

Tú decides qué se comparte.

Compartir

3El usuario aprueba o rechaza.[5]

Aseguradora de ejemplo

Datos recibidos

Firma y revocación comprobadas.

4El servicio valida lo que ha recibido.[1][5]

Vídeo pendiente: flow-eudi-openid4vp

Una presentación desde la cartera mediante OpenID for Verifiable Presentations (OpenID4VP).

Situación de las carteras

Nuestras fuentes no confirman, a 5 de octubre de 2026, si alguna cartera está certificada. Italia comunicó 10.1 millones de activaciones de IT-Wallet a 17 de febrero de 2026;[10] Alemania prevé su cartera a partir de enero de 2027.[11] Más información en Lanzamiento de la cartera EUDI por país.

Normas para las partes usuarias en el Reglamento eIDAS

Una parte usuaria confía en una identidad electrónica (eID), una cartera o un servicio de confianza (artículo 3(6)).[1]

QuiénObligación de aceptaciónFecha en el texto
Organismos del sector públicoCuando se exige identificación electrónica para un servicio público en línea (art. 5f(1))No se indica en el art. 5f(1)
Partes privadas obligadas por ley o por contrato a utilizar la autenticación reforzada de usuarioSolo a petición voluntaria del usuario (art. 5f(2))24 de diciembre de 2027
Plataformas en línea de muy gran tamañoCuando exigen la autenticación del usuario (art. 5f(3))Sin fecha específica

Los sectores que cita el artículo 5f(2), desde la banca y la sanidad hasta las telecomunicaciones, van precedidos de la palabra «incluidos»: lo que activa la obligación es el deber de autenticación reforzada de usuario.[1]

1Comprueba el tamaño de tu empresa

Las microempresas y las pequeñas empresas están exentas.

La ley o un contrato exige una autenticación reforzada del usuario

Sí

Acepte la cartera

A más tardar el 24 de diciembre de 2027, cuando el usuario lo solicite.

No

No hay obligación en virtud del artículo 5f(2)

Confiar en la cartera es decisión suya.

2Regístrese antes de confiar en ella

En el Estado miembro en el que esté establecido.

Una vez que confía en la cartera, conforme al artículo 5b usted registra "el uso previsto de las carteras europeas de identidad digital, incluida una indicación de los datos que se solicitarán", y "no solicitará a los usuarios que faciliten datos distintos de los indicados". Usted se identifica ante el usuario y valida lo que presenta la cartera. Un intermediario que actúa en su nombre "se considerará" parte usuaria y "no almacenará datos sobre el contenido de la transacción" (artículo 5b(10)).[1]

Las normas de registro se aplican a partir del 24 de diciembre de 2026 y definen un certificado de acceso, que le autentica ante la cartera, y un certificado de registro, cuya expedición pueden exigir los Estados miembros.[2] Las carteras solo comprueban los certificados de registro a partir del 11 de agosto de 2028.[4] La presentación utiliza OpenID4VP o ISO/IEC 18013-7.[5] Más detalles: la guía de la parte usuaria de la cartera EUDI y la guía del verificador OpenID4VP.

Nuevos servicios de confianza: declaraciones de atributos, archivo, libros mayores y firma a distancia

El artículo 3(16) define ahora el "servicio de confianza" de modo que incluye las declaraciones de atributos, los dispositivos de creación de firma y sello a distancia, el archivo electrónico y los libros mayores electrónicos. Cada uno tiene una forma cualificada, prestada por un prestador cualificado de servicios de confianza, con un efecto jurídico más sólido:[1]

ServicioDefinición en el artículo 3Efecto jurídico o norma para la forma cualificadaArtículos
Declaración electrónica de atributos"una declaración en formato electrónico que permite autenticar atributos""el mismo efecto jurídico que las declaraciones expedidas legalmente en papel"45b a 45h
Archivo electrónicoRecepción, almacenamiento, recuperación y supresión de datos y documentos electrónicos, que se mantienen duraderos, legibles e íntegros"la presunción de su integridad y de su origen" durante el período de conservación45i, 45j
Libro mayor electrónico"una secuencia de registros de datos electrónicos que garantiza la integridad de dichos registros y la exactitud de la ordenación cronológica de dichos registros""la presunción de su ordenación cronológica secuencial única y exacta y de su integridad"45k, 45l
Dispositivos de firma y sello a distanciaUn dispositivo cualificado "gestionado por un prestador cualificado de servicios de confianza" por cuenta del firmanteSolo un prestador cualificado puede ofrecerlo como cualificado29a, 39a

Las declaraciones expedidas por un organismo del sector público responsable de una fuente auténtica, o en su nombre, tienen el mismo efecto (artículo 45b(2)). A las demás formas no cualificadas no se les puede negar efecto jurídico por el mero hecho de ser electrónicas o no cualificadas.[1]

A más tardar el 24 de diciembre de 2026, los Estados miembros deben permitir que los prestadores cualificados verifiquen, a petición del usuario, al menos los atributos del Anexo VI frente a fuentes auténticas del sector público. Entre ellos figuran la dirección, la edad, la nacionalidad, las cualificaciones, los poderes de representación y los datos de empresa (artículo 45e). Los prestadores de declaraciones de atributos "no combinarán los datos personales relativos a la prestación de dichos servicios con datos personales procedentes de cualesquiera otros servicios" (artículo 45h).[1]

Antes de expedir un certificado cualificado o una declaración de atributos, el prestador verifica la identidad por uno de estos medios: la cartera EUDI o una identidad electrónica (eID) notificada con nivel de garantía alto, un certificado cualificado, la presencia física u "otros métodos de identificación que garanticen la identificación de la persona con un nivel de confianza elevado" (artículo 24(1a)).[1]

Certificados de autenticación de sitios web: artículos 45 y 45a

Un certificado de autenticación de sitio web "permite autenticar un sitio web y vincula el sitio web con la persona física o jurídica a quien se ha expedido el certificado" (artículo 3(38)).[1] El nuevo artículo 45 impone una obligación a los navegadores:

Artículo 45(1a)Reglamento (UE) n.º 910/2014, modificado por el Reglamento (UE) 2024/1183

"Los certificados cualificados de autenticación de sitios web expedidos de conformidad con el apartado 1 del presente artículo serán reconocidos por los proveedores de navegadores web. Los proveedores de navegadores web garantizarán que los datos de identidad que figuren en el certificado y los atributos adicionales acreditados se muestren de manera sencilla para el usuario."

Fuente: EUR-Lex, Reglamento (UE) 2024/1183[1]

Según el artículo 45a, los navegadores pueden adoptar medidas cautelares "solo en caso de dudas fundadas relacionadas con violaciones de la seguridad o la pérdida de integridad de un certificado o conjunto de certificados identificados". Además, deben notificarlo por escrito a la Comisión, al organismo de supervisión, al titular del certificado y al emisor.[1]

Actos de ejecución adoptados hasta la fecha

Actos de ejecución sobre la cartera EUDI publicados hasta el 5 de octubre de 2026 (los cinco primeros, el 4 de diciembre de 2024):

ActoMateriaEn vigor o aplicable desde
2024/2977PID y declaraciones de atributos expedidas a carteras24 de diciembre de 2024[3]
2024/2979Integridad y funcionalidades básicas24 de diciembre de 2024[6]
2024/2980Notificaciones sobre el ecosistema de carteras24 de diciembre de 2024[6]
2024/2981Certificación de carteras24 de diciembre de 2024[6]
2024/2982Protocolos e interfaces24 de diciembre de 2024[6]
2025/846Correspondencia transfronteriza de identidades24 de diciembre de 2026[7]
2025/847Reacción ante violaciones de la seguridad7 de mayo de 2026[7]
2025/848Registro de partes usuarias de carteras24 de diciembre de 2026[2]
2025/849Lista de carteras certificadas20 días después de la publicación[7]
2025/1569Declaraciones cualificadas y de organismos públicosNormas a partir del 19 de agosto de 2026[8]
2026/798Alta remota en carteras20 días después de la publicación[9]
2026/1730Modifica 2025/848 (normas)11 de agosto de 2026[9]
2026/1731Modifica los actos de 2024: formatos, retratoEn parte, a partir del 11 de agosto de 2028[4]
2026/1735Modifica 2025/1569 (normas)En parte, a partir del 1 de enero de 2027[9]

No incluido en esta tabla

Los artículos sobre servicios de confianza prevén sus propios actos de ejecución (los artículos 29a, 45, 45j y 45l fijan cada uno el 21 de mayo de 2025 para las normas de referencia).[1]

Fechas y sanciones

Los artículos 49 y 51 añaden fechas para los prestadores de servicios de confianza y para la Comisión:[1]

FechaQué ocurreFundamento
21 de mayo de 2026Los prestadores cualificados antes del 20 de mayo de 2024 presentan un informe de evaluación de la conformidad sobre el artículo 24(1), (1a) y (1b)Art. 51(4)
21 de mayo de 2026Plazo del informe de revisión de la ComisiónArt. 49(1)
24 de diciembre de 2026Plazo para las carteras; se aplican las normas de registro; atributos del anexo VI verificablesArt. 5a(1), Art. 45e;[1] Reglamento de Ejecución (UE) 2025/848[2]
21 de mayo de 2027Los dispositivos aprobados con arreglo a la Directiva 1999/93/EC dejan de considerarse cualificadosArt. 51(1)
24 de diciembre de 2027Las partes usuarias privadas reguladas aceptan la carteraArt. 5f(2)
11 de agosto de 2028Retrato obligatorio; se comprueban los certificados de registroReglamento de Ejecución (UE) 2026/1731[4]

No hemos comprobado si se ha publicado la revisión de la Comisión. Véase Plazos de la cartera EUDI para 2026 y 2027.

En materia de sanciones, el artículo 16 pide a los Estados miembros normas «efectivas, proporcionadas y disuasorias» y fija un umbral mínimo para la multa máxima aplicable a los prestadores de servicios de confianza:[1]

EUR 5,000,000Umbral mínimo para un prestador que sea persona física
1%Del volumen de negocios anual mundial, si es superior, para una persona jurídica
24 horasNotificación de violación por un prestador no cualificado (artículo 19a)

Lo que está documentado

Los importes del artículo 16(2) se refieren a los prestadores de servicios de confianza. Para una parte usuaria que incumpla el artículo 5b o 5f, el Reglamento no fija ningún importe: las sanciones son las que establezca cada Estado miembro con arreglo al artículo 16(1).[1]

Qué significa eIDAS 2 para las empresas

Tres grupos:[1]

Deben aceptar

Prestadores de servicios regulados

  • Aceptar a más tardar el 24 de diciembre de 2027
  • Solo cuando el usuario lo solicite
  • Mantener abiertas otras vías

Artículos 5f(2), 5a(15)

Pueden aceptar

Cualquier otra empresa

  • Registrarse primero
  • Solicitar solo los datos registrados
  • Validar lo que se recibe

Artículo 5b

Deben cumplir

Prestadores de servicios de confianza

  • Nuevos servicios cualificados
  • Nuevas comprobaciones de identidad
  • Multas con un umbral mínimo

Artículos 16, 24, 45b a 45l

Para la incorporación de clientes, el Reglamento de la UE contra el blanqueo de capitales (AMLR) se aplica a partir del 10 de julio de 2027; su artículo 22(6) admite un documento de identidad o una identificación electrónica con nivel de garantía sustancial o alto.[12] Los proyectos finales de normas de la Autoridad de Lucha contra el Blanqueo de Capitales, de 30 de septiembre de 2026, que aún no son ley, indican que esto «incluye las carteras europeas de identidad digital».[13] Las tablas de PID para personas físicas del Reglamento de Ejecución (UE) 2024/2977 no incluyen el número de identificación fiscal, y la dirección es opcional, así que prevea otra fuente para ambos datos.[3] Consulte también sistemas de eID por país.

Cómo Didit le ayuda a prepararse para la cartera EUDI

La aceptación de la cartera EUDI llegará pronto a Didit, en el mismo flujo de trabajo que las identidades electrónicas (eID) nacionales y los documentos que ya puede usar hoy.

Cinco eID nacionales funcionan en producción a través de carteras de identidad digital: MitID, BankID Sweden, la Finnish Trust Network, Smart-ID y Mobile-ID. Cada una devuelve el nombre completo, la fecha de nacimiento, un identificador del sistema (por ejemplo, el personnummer sueco; MitID devuelve un identificador seudonimizado, no el número CPR), el nivel de garantía que afirmó el sistema y una comprobación de firma.[14] Los usuarios que no tengan ninguna recurren a la captura de documentos con lectura del chip NFC, prueba de vida y comparación facial: una verificación KYC completa cuesta $0.33, la verificación NFC $0.15 y el cribado AML $0.20. Los sistemas figuran en la página de verificación de eID, y hay una página sobre eIDAS 2.

Didit proporciona

  • Inicios de sesión con eID nacionales y la vía documental en un solo flujo de trabajo
  • Cribado AML y la evidencia de cada comprobación
  • Aceptación de la cartera EUDI, próximamente

Queda a su cargo

  • Si el artículo 5f(2) le es aplicable
  • Su registro como parte usuaria
  • La evaluación de riesgos y la decisión de incorporación

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Puntos clave

  • eIDAS 2 es el Reglamento (UE) 2024/1183; modifica el Reglamento (UE) n.º 910/2014 y no lo sustituye.
  • Los Estados miembros ofrecen una cartera a más tardar el 24 de diciembre de 2026; las partes usuarias privadas reguladas la aceptan a más tardar el 24 de diciembre de 2027.
  • El umbral mínimo de las multas del artículo 16 se aplica solo a los prestadores de servicios de confianza.

Preguntas frecuentes

¿Qué es el reglamento eIDAS?

El reglamento de la UE sobre identificación electrónica y servicios de confianza, el Reglamento (UE) n.º 910/2014. Desde 2024 también establece el Marco Europeo de Identidad Digital, que incluye la cartera EUDI.[1]

¿Cuándo entró en vigor eIDAS 2?

El 20 de mayo de 2024, calculado como el vigésimo día siguiente a su publicación el 30 de abril de 2024. Los plazos de la cartera se cuentan desde el 24 de diciembre de 2024, cuando entraron en vigor los primeros actos de ejecución, una fecha calculada del mismo modo.[1]

¿Qué empresas deben aceptar la cartera EUDI?

Las partes usuarias privadas obligadas por ley o por contrato a utilizar la autenticación reforzada de usuario para la identificación en línea. La aceptan a más tardar el 24 de diciembre de 2027, solo a petición del usuario. Las microempresas y las pequeñas empresas están exentas.[1]

¿Tienen plazo las plataformas en línea de muy gran tamaño?

El artículo 5f(3) les exige aceptar la cartera a petición del usuario cuando exijan autenticación de usuario. El apartado no fija una fecha propia en el texto.[1]

¿Cuáles son las sanciones con arreglo a eIDAS 2?

Las fijan los Estados miembros. Para los prestadores de servicios de confianza, la multa máxima debe ser de al menos EUR 5,000,000 o, en el caso de una persona jurídica, del 1% del volumen de negocios anual mundial si esta cifra es mayor. El Reglamento no fija ningún importe para las partes usuarias.[1]

¿Qué es una declaración electrónica de atributos?

Una declaración en formato electrónico que permite autenticar atributos. La declaración cualificada, expedida por un prestador cualificado de servicios de confianza, tiene el mismo efecto jurídico que una declaración en papel expedida legalmente.[1]

¿Tienen los navegadores que reconocer los certificados cualificados de autenticación de sitios web?

Sí. El artículo 45(1a) establece que los proveedores de navegadores web deben reconocerlos. El artículo 45a solo permite medidas cautelares ante problemas de seguridad fundamentados y con notificación por escrito.[1]

¿Es obligatoria la cartera EUDI para los ciudadanos?

No. El artículo 5a(15) establece que su uso es voluntario y que las personas físicas o jurídicas que no la utilicen no deben verse perjudicadas. Según el artículo 5a(13), es gratuita para las personas físicas.[1]

Fuentes

  1. Reglamento (UE) 2024/1183 (eIDAS 2), EUR-Lex, Diario Oficial de 30 de abril de 2024. Considerandos 1, 7 y 8; artículos 1, 2, 3, 5a a 5f, 11a, 12b, 16, 19a, 24, 29a, 39a, 45 a 45l, 49 y 51; anexo VI.
  2. Reglamento de Ejecución (UE) 2025/848 sobre el registro de las partes usuarias de carteras, EUR-Lex, Diario Oficial de 7 de mayo de 2025.
  3. Reglamento de Ejecución (UE) 2024/2977 sobre los datos de identificación de la persona, EUR-Lex, Diario Oficial de 4 de diciembre de 2024.
  4. Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1731, EUR-Lex, Diario Oficial de 22 de julio de 2026 (formatos, perfiles, retrato, comprobaciones del certificado de registro).
  5. Architecture and Reference Framework v3.0.0, Comisión Europea, 23 de julio de 2026.
  6. Reglamentos de Ejecución (UE) 2024/2979, 2024/2980, 2024/2981 y 2024/2982, EUR-Lex, Diario Oficial de 4 de diciembre de 2024 (cada uno enlazado en la tabla).
  7. Reglamentos de Ejecución (UE) 2025/846, 2025/847 y 2025/849, EUR-Lex, Diario Oficial de 7 de mayo de 2025 (cada uno enlazado en la tabla).
  8. Reglamento de Ejecución (UE) 2025/1569 sobre las declaraciones cualificadas de atributos y las declaraciones de atributos expedidas por organismos públicos, EUR-Lex, Diario Oficial de 30 de julio de 2025.
  9. Reglamentos de Ejecución (UE) 2026/798, 2026/1730 y 2026/1735, EUR-Lex, Diario Oficial de 8 de abril de 2026 y de 22 de julio de 2026 (cada uno enlazado en la tabla).
  10. IT-Wallet supera los 10 millones de activaciones, Departamento para la Transformación Digital de Italia, 17 de febrero de 2026.
  11. Digitale Identitätengesetz, primera lectura, Bundestag alemán, 23 de septiembre de 2026.
  12. Reglamento (UE) 2024/1624 (AMLR), EUR-Lex, Diario Oficial de 19 de junio de 2024, artículos 22(6) y 90.
  13. Informe final, proyecto de RTS en virtud del artículo 28(1) del AMLR, AMLA, 30 de septiembre de 2026 (proyecto final, no es ley).
  14. Carteras de identidad digital, documentación de Didit.

Para saber qué implica en la práctica aceptar la cartera, puede consultarse la página de la cartera EUDI.

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